La denuncia que se tramitó en el Juzgado Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Charata, confirmó una demanda por daños, perjuicios y daño moral hacía el diputado radical Livio Gutiérrez y a su familia. La diputada Claudia Panzardi acusó de violento y corrupto por twitter a Gutiérrez y hoy deberá pagar una indemnización de más de un millón de pesos.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Charata confirmó una condena civil por daños y perjuicios y daño moral contra la diputada provincial justicialista Claudia Lorena Panzardi por haber acusado falsamente al Livio Gutiérrez.
La jueza Schmutzler argumentó, “que no se justifica que con la excusa de proteger la libertad de pensamiento o de expresión, se menoscaba la honra de una persona. Y que nadie desea ser expuesto pese a ser una persona pública, si esto significa una “piedra libre” para ataques o acusaciones falsas”. Bajo este marco, Panzardi deberá pagar una indemnización superior al millón de pesos más las costas del juicio a su par del radicalismo, Livio Gutiérrez.
Los twitter de la discordia
El 12 de abril del 2016, la diputada Claudia Panzardi aseveró en su cuenta de Twitter que el diputado Livio Gutiérrez habría sido denunciado por violencia de género, pero que la causa no pasó a mayores porque él se encargó de “tapar todo”. En ese entonces, Panzardi minó el Twitter del programa Intratables en América TV.
En ese entonces el diputado de la UCR demandó a la diputada peronista por “Daños y Perjuicios y Daño Moral”. Vale aclarar que, según el artículo 1916 el daño moral entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos.
La demanda original por $2.400.000, que incluye a la esposa y a las dos hijas del legislador, se inició en base a los posteos que Panzardi realizó en su cuenta de Twitter, y llegaron a un medio de comunicación porteño.
Además, el Legislador utilizó como prueba los Twitt que textualmente alegaban que Gutiérrez “había sido denunciado por violencia de género por su propia esposa y se ocupó de taparlo todo”. Asimismo, se sumó la nota del portal chaqueño que tituló: “Panzardi minó el Twitter del programa Intratables con críticas hacia Livio Gutiérrez: lo trató de corrupto, mentiroso y violento”. Información que el juez de primera instancia como ahora la Cámara, por mayoría, dieron por válida.
El fallo de la Justicia
Este martes 14 de marzo, se conoció el fallo de La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Charata la cual confirmó una condena civil por daños y perjuicios y daño moral contra la diputada provincial justicialista Claudia Lorena Panzardi, quién deberá pagar una indemnización superior al millón de pesos más las costas del juicio a su par del radicalismo, Livio Gutiérrez.
El polémico fallo fue dictado el 9 de marzo pasado y lleva las firmas de las juezas Ester Schmutzler, Andrea Sánchez y la disidencia de su par Patricia Cimbaro Canella. Es dable esperar que la defensa de la diputada Panzardi apele la sentencia ante el Superior Tribunal de Justicia del Chaco.
La defensa de Panzardi
Frente al hecho, la diputada Panzardi aseveró que las publicaciones no fueron 100% asertivas sino expresadas en modo potencial. Sumó además, que la nota publicada por el portal era una “editorial” del medio, que nada tenía que ver con su opinión personal, la cual debe ser protegida por el derecho a la libertad de expresión.
En suma, su defensa advirtió que los demandantes no pudieron demostrar el daño que le causó la mencionada publicación.
La argumentos de la Justicia: la “piedra libre”
La jueza Schmutzler admitió que se debían armonizar dos derechos: a la libertad de expresión y al honor. Así, sostuvo que “en el presente caso, no advierto cuál sería el interés público en recibir una información que se demostró falsa, y expuesta con total malicia a fin de obtener el descrédito de quien, en ese momento, acudió a un programa televisivo, justamente, a fin de expresar su opinión o de informar cuestiones de interés público”.
La magistrada se preguntó si “¿Es justo que una persona pública, por el solo hecho de exponerse a un medio de comunicación, deba soportar cualquier tipo de improperios, acusaciones falsas o ataques a su persona o a su familia?. Este interrogante merece una contundente respuesta negativa”.
Agregó: “No solo por el respeto a la honra y reputación que tiene toda persona, por el solo hecho de serlo, -con un umbral de protección diferenciado en el caso de ser un funcionario público-, sino justamente porque con la excusa de proteger la libertad de pensamiento o de expresión, se menoscabado este derecho fundamental, habida cuenta de que nadie querría exponerse a un medio masivo de comunicación, a exponer sus ideas, brindar información o a rendir cuentas de su gestión, si esto significa un “piedra libre”, para todo tipo de ataques o acusaciones falsas”, reflexionó.
La magistrada hizo la salvedad de que al caso no es aplicable la doctrina de la “real malicia” -que protege especialmente a los medios de comunicación- ya que la legisladora actuó como “ciudadana común”.
La jueza Schmutzler avanzó aún más en su cuestionamiento a lo expresado por la diputada Panzardi contra su par Gutiérrez. En ese sentido, aseguró que “no puede exigirse a los funcionarios públicos que estoicamente deban soportar que se diga sobre su persona cualquier tipo de acusación falsa, poniendo en juego su honor por el solo hecho de haberse expuesto ante algún medio de comunicación. Entonces, ¿quien querría expresar algo a través de algún medio de difusión, si ello implica que cualquier expectador (sic), pueda decir “lo que se le cante”, sabiendo o no importando si lo que dice es falso, causando lesiones al honor, ocasionando afectación no solo al funcionario público, sino también a su familia, como en este caso, aludiendo falsamente acusaciones de ser autor de violencia de género, que es un tema altamente sensible para la comunidad?”.
Por último, la magistrada subrayó que el hecho “evidentemente tuvo una gran trascendencia, no solo por el programa televisivo y la publicación que la propia demandada realizó en su perfil de la red social Facebook, sino, además, porque incluso un diario digital, difundió los twitter de la diputada Panzardi en el programa Intratables, por lo que el intento de demostrar a través de declaraciones testimoniales, de que no tuvo trascendencia alguna, no puede tener cabida, ni merece más análisis; como tampoco la alusión de que no está probado el daño, el cual, dada la difusión ocurrida, es evidente”.
El voto disidente: “mayor umbral de tolerancia ante la crítica”
Por el contrario, la jueza Cimbaro Canella consideró que el legislador Gutiérrez es un “funcionario público” y que, de acuerdo a la abundante jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), quienes detentan cargos públicos deben tener “un mayor umbral de tolerancia ante la crítica”. En ese sentido, sostuvo que al participar del programa Intratables “sabía que entraría en un juego de idas y vueltas, de comentarios variados, buenos, malos, poco felices y muchas veces falsos, como quedó demostrado en la presente causa”.
Así, la magistrada advirtió que no se configuró daño alguno respecto del diputado ni su familia “ya que no surge de ninguna prueba, que tanto su mujer como sus hijas hayan experimentado afección alguna”.
Y agregó: “con mayor razón cuando saben que su esposo y padre es una figura pública (político) y que por tal motivo está y están expuestos a todo tipo de comentarios, pues, es sabido que el hecho de exponerse ante los medios de comunicación para hablar sobre determinados temas que hacen a determinadas ideas partidarias, claramente generará la contrapartida del sector opuesto o de personas que piensen diferente, siendo casi imposible que todas las opiniones sean condescendientes, atento a que -como es de público conocimiento- existen diversas ideologías políticas lo que claramente puede generar un choque de criterios; circunstancias estas que me eximen de mayores comentarios al efecto”.